Muchos
son los debates que surgen en torno a la educación generalizada que
podemos encontrar en algunos colegios de nuestro país, esto es la
poca atención que se le presta a los alumnos y alumnas que no siguen
"el ritmo de la clase". Con el objetivo de aclarar las
dudas existentes y motivar a los futuros docentes a su uso, queremos
proporcionarles de manera sintetizada el significado de las
adaptaciones curriculares.
ADAPTACIONES
CURRICULARES
Es
un tipo de estrategia educativa generalmente dirigida a alumnos con
necesidades educativas especiales, que consiste en la adecuación en
el currículum de un determinado nivel educativo con el objetivo de
hacer que determinados objetivos o contenidos sean más accesibles a
un alumno o un determinado tipo de personas o bien eliminar aquellos
elementos del currículum que les sean imposible alcanzar por su
discapacidad. Se trata de tener en cuenta las limitaciones del alumno
a la hora de planificar la metodología, los contenidos y, sobre
todo, la evaluación.
Se
realizarán a partir de la información que se obtenga de la
evaluación antes, durante y al final del proceso de
enseñanza-aprendizaje, con el objeto de individualizar la enseñanza
cuanto sea posible y de asegurar la consecución de los objetivos
didácticos por todo el alumnado. Así mismo se deberán concretar
cuando tengamos alumnos con algún tipo de necesidades educativas
especiales integrados en clase.
POCO
SIGNIFICATIVAS: Modificaciones realizadas en la programación
de
ciclo, área o materia, que comportan adecuaciones en los elementos no
prescriptivos del currículo como son la metodología, instrumentos de evaluación, la organización y los recursos personales.
El
tiempo de la intervención del profesorado de apoyo a las necesidades
educativas del alumno, ya sea dentro o fuera del aula ordinaria, no
excederá del 20% horario de enseñanza del alumno/a.
SIGNIFICATIVAS: Modificaciones de carácter excepcional que afectan a
los elementos prescriptivos del currículo (objetivos de ciclo o etapa, modificación o supresión de contenidos y criterios de evaluación de etapa).
El
tiempo de la intervención del profesorado de apoyo a las necesidades
educativas del alumno, ya sea dentro o fuera del aula ordinaria, no
excederá del 50% del horario de enseñanza del alumno/a.
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